Se recuerda que el DECRETO 66/2021 – DECNU-2021-66-APN-PTE – Decreto N° 320/2020. Prórroga, ha dispuesto lo siguiente: «...ARTÍCULO 12.- MEDIACIÓN OBLIGATORIA: Suspéndese hasta el 30 de septiembre de 2021, la aplicación del artículo 6° de la Ley N° 26.589, para los procesos de ejecución y desalojos regulados en este decreto…» 

Lo precitado significa que para los casos de desalojo, entre otros casos, previo al inicio de la acción judicial, es obligatorio el procedimiento de mediación prejudicial, por el momento, hasta el 30 de septiembre de 2021.

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